JUNTA DIRECTIVA

Facultad de Ingeniería y Arquitectura

Período: 2023 - 2025

Presentación

Autoridades Principales

NombresCargo
M.Sc. e Ing. Luis Salvador Barrera MancíaDecano
M.Sc. e Inga. Ana Beatriz Lima de ZaldañaVicedecana

Sector Docente

NombresCargo
MSc. Juan Enrique Reyes RuizPropietario Sector Docente
Ing. Jorge Enrique Iraheta TobíasPropietario Sector Docente

Sector Profesional

NombresCargo
Arq. Domingo Benjamín Jesús Flores MelaraProp. Sector Profesional No Docente
Arq. Héctor Mahomar Alvarado AmayaProp. Sector Profesional No Docente

Sector Estudiante

NombresCargo
Br. Henry Rafael Guzmán LaraPropietario Sector Estudiantil
Br. Nataly Marlene Reina SánchezPropietario Sector Estudiantil

Secretario

NombresCargo
Arq. Raúl Alexander Fabián OrellanaSecretario

Sector Docente

NombresCargo
Inga. Rosa Elvira Fernández SantamaríaSuplente Sector Docente
Inga. Yesenia Marisol Vigil MerinoSuplente Sector Docente

Sector Profesional

NombresCargo
Ing. Óscar Ernesto Pacheco AlasSuplente Sector Profesional No Docente
Ing. Héctor Mauricio Garay AranivaSuplente Sector Profesional No Docente

Sector Estudiante

NombresCargo
Br. Yesenia Abigail Jiménez VenavidesSuplente Sector Estudiantil
Br. Rodrigo José Trujillo LinaresSuplente Sector Estudiantil

Atribuciones y Deberes de las Juntas Directivas

Según el artículo 32 de la Ley Orgánica de la UES

  1. Emitir su reglamento interno.
  2. Administrar, custodiar y promover el desarrollo del patrimonio de la facultad.
  3. Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General Universitaria, el proyecto de reglamento general de la facultad y los proyectos de los reglamentos específicos de la misma.
  4. Proponer al Consejo Superior Universitario la creación, supresión, anexión o fusión de escuelas, institutos u otros organismos dependientes de la facultad a fin de que sean aprobados.
  5. Resolver sobre nombramientos, traslados, licencias, sanciones y remociones del personal académico de la facultad, de conformidad al sistema de escalafón y demás leyes aplicables.
  6. Nombrar al secretario de la facultad de entre una terna que le proponga el decano y removerlo por causas legalmente establecidas;
  7. Resolver sobre los asuntos pedagógicos y técnicos propios de la facultad, debiendo someterlos a aprobación de los organismos superiores, cuando expresamente lo establezcan la presente ley y los reglamentos.
  8. Someter a aprobación del Consejo Superior Universitario los convenios en que tenga interés la facultad.
  9. Fijar anualmente la capacidad de matrícula de las escuelas y demás unidades docentes vinculadas a su Facultad y
  10. Las demás atribuciones y deberes que le señalen esta ley y los reglamentos.
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